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Ayudas periódicas para mujeres víctimas de violencia de género
- 10 enero, 2019
- Publicado por: CIMO
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El Diario Oficial de Galicia publico el pasado día 2 de Enero la resolución por la que se convoca para 2019 las ayudas periódicas destinadas la mujeres víctimas de la violencia de género. Las prestaciones cuentan este año con un presupuesto de algo más de 5,1 millones de euros, 1,4 millones de euros más que en la anterior convocatoria.
Además del incremento del presupuesto, este año se incluye otra novedad como la inclusión como potenciales beneficiarias por primera vez de las víctimas de la “violencia vicaria” o por “interpósita persona”, esto es, aquellas mujeres que padezcan el asesinato de sus hijos/as a manos del maltratador.
Hace falta destacar también que, al igual que en años anteriores, la convocatoria está abierta de forma permanente todo el año y su presupuesto puede ampliarse en caso de que sea necesario para atender a todas las solicitudes.
El objetivo de esta iniciativa es garantizar a las víctimas unas condiciones suficientes de independencia económica respecto del agresor o de la persona que había mantenido sobre ellas una relación de dominación (en el caso de las víctimas de trata con fines de explotación sexual), de manera que se les facilite dar el primer paso para romper con esta situación.
La ayuda consiste en una cuantía económica que se percibe mensualmente, y que oscila entre los 300 y los 800 euros, en función de los ingresos de la persona beneficiaria, de los hijos/as menores a su cargo o que padezca algún tipo de discapacidad.
Ayudas de pago único
La Xunta también habilita para las víctimas de violencia de género una línea de ayudas de pago único y para cubrir indemnizaciones (las fijadas por sentencia judicial). Ambas líneas, ya publicadas en el DOG, están dotadas con 400.000 y 55.000 euros respectivamente. En ambos casos, su presupuesto es ampliable.
Por una parte, las ayudas de pago único van dirigidas a aquellas mujeres con insuficiencia de recursos y con especiales dificultades para obtener un empleo. Por otra parte, la línea de ayudas para cubrir indemnizaciones está destinada a aquellos casos en los que se haya incumplido por insolvencia el pago de la indemnización a la víctima, siempre que esta esté fijada por sentencia judicial.
En este caso, el plazo de solicitud finalizará el próximo 30 de noviembre en el primero caso, y el 31 de octubre para el segundo caso.
Cuantía de las ayudas:
La cuantía de las ayudas se establece en función de las rentas y los ingresos de la persona en relación con el IPREM vigente.
IPREM anual 2019: 6.454,03 €.
Rentas o ingresos iguales o inferiores al IPREM | Ingresos superiores al IPREM e iguales o inferiores a 1,5 veces el IPREM | |
Con carácter general: | 600 €/mes | 300 €/mes |
Si la víctima tuviese a su cargo a un/a hijo/a menor a su cargo o menor en acogida o una discapacidad ≥ al 33%: | 650 €/mes | 350 €/mes |
Un/a hijo/a menor o menor en acogida y esta/a o la solicitante tengan una discapacidad ≥ al 33%: | 700 €/mes | 400 €/mes |
Dos o más hijos/as menores o menores en acogida | 700 €/mes | 400 €/mes |
Dos o más hijos/as menores o menores en acogida y alguno/a o algún de ellos/as o la solicitante tengan una discapacidad ≥ al 33% | 800 €/mes | 500 €/mes |
Hijo/a menor o menor en acogida y esta/e o la solicitante tengan discapacidad ≥ 65% o tengan reconocido grado de dependencia (Lei 39/2006 de 14 de Diciembre) | 800€/mes | 500 €/mes |