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¿Cuántos contratos temporales se pueden encadenar?
Un contrato temporal es aquel que fija una relación laboral entre empresa y trabajador por un tiempo determinado. Y del que, aunque no tenga un carácter indefinido, puede saberse la fecha de fin o no. Otro de los requisitos que debe cumplir esta contratación es que su temporalidad debe estar claramente justificada. Es decir, las funciones que desarrollan quienes tienen este contrato no pueden ser las necesarias para sostener la estructura de la empresa.
Para evitar el abuso de esta fórmula de contratación no se pueden tener más de dos contratos temporales seguidos con la misma empresa que sumen 24 meses en un periodo de 30 meses, según establece el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 15.5. Añade una excepción para los contratos formativos, de relevo e interinidad, los contratos temporales en programas públicos de empleo-formación o aquellos que sirven para la inserción de colectivos vulnerables.
¿Qué tipos de contratos temporales hay?
Las circunstancias por las que una empresa acude a la contratación temporal de trabajadores se limitan a una serie de casos. Dependiendo de esto se firman contratos:
- Por obra y servicio determinado, en el que la tarea que desempeña la persona contratada tiene autonomía y sustantividad dentro de la empresa. Este contrato no pude superar los tres años, con prórroga de un año si lo marca el convenio colectivo.
- Por aumento puntual de las circunstancias de la producción. Cuando una empresa necesita trabajadores en un momento determinado porque se encuentra con una acumulación extra de tareas o pedidos. La duración máxima de este contrato es de seis meses en periodos de doce meses.
- Los contratos por Se firman cuando hay que cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante un proceso de selección o en trámites hasta su cobertura definitiva. El tiempo máximo lo determina la ocupación del puesto por parte del trabajador al que se sustituye. Existen diferentes tipos de contratos temporales por interinidad dependiendo de la causa que lleve al trabajador sustituido a estar fuera de su puesto.
Fuente: Blog Infoempleo