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Plan de acreditación de la experiencia profesional
La Consellería de Educación, Universidade e Formación Profesional ha puesto en marcha el procedimiento para reconocer, evaluar y acreditar, con carácter oficial, las competencias profesionales adquiridas mediante el desarrollo de trabajo o por otras vías no formales de aprendizaje. La finalidad es la de facilitar la mejora en el mercado laboral y la progresión personal y profesional.
Dicho procedimiento consta de 3 fases. La primera es de asesoramiento, la segunda de evaluación de las competencias profesionales y la última de acreditación y registro de las competencias.
Los requisitos son:
- Poseer la nacionalidad española, encontrarse incluido como residente comunitario o familiar de este o, ser titular de una autorización de residencia en España en vigor.
- Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, para las unidades de competencia correspondientes a las cualificaciones de nivel I, y tener 20 años para las de nivel II y III.
- Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieran acreditar, con requisitos mínimos.
En el caso de la experiencia laboral, justificar por lo menos tres años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos diez años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, para las unidades de competencia de niveles II y III y, para las unidades de competencia de nivel I, se justificarán por lo menos 2 años con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
En el caso de la formación, justificar por lo menos 200 horas para unidades de competencia de nivel I o 300 horas para las unidades de competencia de los niveles II y III, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretenda acreditar se prevea una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en estos módulos.
- Las personas candidatas no podrán estar matriculadas ni cursando simultáneamente un curso de formación profesional inicial ni para el empleo.
Las personas mayores de 25 años que cumplan con los requisitos mínimos de experiencia laboral o formativa y que no puedan justificarlos con los documentos que se señalan en la orden, podrán solicitar su inscripción provisional, siempre y cuando presentasen la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho.
En cuanto a la presentación de la solicitud, se deberá hacer obligatoriamente por vía electrónica en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y, requerirá la previa cumplimentación de los datos en la aplicación informática que se encuentra en la siguiente dirección www.edu.xunta.es/acreditacion, desde donde se deberá generar el formulario normalizado. El plazo para presentarla finaliza el 7 de febrero de 2020.