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Novedades en materia de Seguridad Social para Autónomos en 2019
- 4 enero, 2019
- Publicado por: CIMO
- Categoría: Emprendimiento Noticias
El pasado 29 de diciembre, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo. En concreto, el citado Real Decreto incluye importantes modificaciones en la cotización a la Seguridad Social, en materia laboral y de contratación, así como en la regulación de los trabajadores autónomos.
A continuación se detallan de forma breve y concisa las principales novedades de la norma, que entran en vigor con efectos del 1 de enero de 2019:
Actualización de las bases máximas y mínimas de las cotizaciones en el Régimen General de la Seguridad Social. (RGSS)
La base máxima para 2019, queda fijada en 4.070,10 euros mensuales, lo que implica un aumento de 7% respecto del tope máximo de 2018, pasando de 3.803,70 a 4.070,10 euros.
La base mínima queda fijada en 1.050 euros mensuales, incurriendo en un aumento del 22,3%, – debido al nuevo salario mínimo interprofesional – pasando de 858,60 a 1.050 euros.
Tipos y bases de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. (RETA)
Los tipos de cotización serán, a partir del 1 de enero de 2019, los siguientes:
- Contingencias comunes: 28,3%.
- Contingencias profesionales: 0,9%.
- Cese de actividad: 0,7%.
- Formación profesional: 0,1%.
La base mínima de cotización para 2019, queda establecida en 944,40 euros mensuales, implicando un aumento del 1,25% respecto de la base mínima vigente en 2018.
Se mantiene la tarifa plana como medida de incentivo al autoempleo, pero se incrementa de 50€ a 60€ mensuales para altas a partir del 1 de enero de 2019, que incluyen únicamente contingencias comunes y profesionales.
Como novedad, nuevas medidas de control en la lucha contra la utilización indebida de la figura del trabajador autónomo. En este ámbito, se refuerza la lucha contra el uso fraudulento de la figura del trabajador autónomo mediante la inclusión de un nuevo tipo de infracción grave, con su correspondiente sanción, que penaliza esta conducta al empleador.
Incremento en la cotización para los contratos de 5 días.
En los contratos de carácter temporal cuya duración efectiva sea igual o inferior a cinco días, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes queda fijada en un 40 por ciento, lo que implica un aumento del 4% respecto de la cotización establecida para 2018, pasando de un 36 a un 40 por ciento.
Inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social para los becarios.
Se establece la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, prácticas no laborales o prácticas académicas externas, aunque no tengan el carácter de remuneradas. Cabe destacar que de acuerdo al real decreto-ley de referencia, el desarrollo reglamentario de esta cuestión está previsto en el plazo de tres meses.
Suspensión del sistema de reducción de cotizaciones por disminuir la siniestralidad
Se establece la suspensión del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral. Se prevé la suspensión hasta que el Gobierno proceda a la reforma del real decreto que establece la citada reducción, que será a lo largo de 2019.