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Subvenciones para promover la actividad emprendedora de las personas emigrantes gallegas retornadas
- 30 marzo, 2021
- Publicado por: Cimo
- Categoría: Empleo Emprendimiento Noticias
¿A quién va dirigido?
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas, que residiendo fuera de España se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega:
1. Las personas gallegas y nacidas en Galicia.
2. Los cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los descendientes por consanguinidad de las personas gallegas y nacidas en Galicia.
¿Objetivo?
Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases que regularán el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las dos líneas de subvenciones dirigidas a personas emigrantes gallegas retornadas que ejerzan su actividad laboral o profesional en la Comunidad Autónoma gallega:
– Línea 1 subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora: tienen por finalidad fomentar su establecimiento como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia.
– Línea 2 subvenciones COVID-19 para mantenimiento del autoempleo: destinadas a compensar las pérdidas provocadas por la reducción de la actividad económica de las personas trabajadoras
autónomas o por cuenta propia en el contexto actual de pandemia.
¿Cuantía?
Línea 1 subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora:
Para promover la creación y el desarrollo del autoempleo de las personas gallegas retornadas y de sus descendientes que se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega, se establece una cuantía de la subvención de 5.000 euros.
El importe de la subvención se incrementará en el caso de concurrir las siguientes situaciones y en los siguientes importes, que serán acumulables:
a) En caso de que la persona solicitante sea mujer: 1.000 euros.
b) En caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural: 2.000 euros.
El importe máximo de la subvención concedida será de 8.000 euros
Línea 2 subvención COVID-19 para mantenimiento del autoempleo:
Las subvenciones destinadas a esta línea COVID-19 tendrán un importe de 3.000 euros.
La obtención de las subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora y de las subvenciones COVID-19 para mantenimiento del autoempleo son compatibles con otras que por los mismos conceptos puedan otorgar las administraciones públicas.
Las subvenciones de la línea 1 y de la línea 2 recogidas en esta resolución son incompatibles entre sí.
Mas información: CIMO subvenciones